Arraigo socioformativo en España 2025: requisitos, cursos válidos y permiso de trabajo
¿Llevas más de 2 años en España, no fuiste solicitante de asilo y no tienes precontrato de trabajo? Esta opción te interesa
El nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), en vigor desde el 20 de mayo de 2025, introduce una figura clave para personas extranjeras que residen en España sin permiso de residencia: el arraigo socioformativo. Este tipo de arraigo te permite regularizar tu situación mientras estudias y trabajas legalmente hasta 30 horas por semana.
En este artículo de ASE Abogados, expertos en extranjería, te explicamos de forma clara y actualizada:
- Qué es el arraigo socioformativo
- Requisitos para solicitarlo
- Qué estudios y cursos son válidos en 2025
- Cómo puedes trabajar legalmente con este permiso
- Qué documentación necesitas para tramitarlo
¿Qué es el arraigo socioformativo?
El arraigo socioformativo es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Está dirigida a personas extranjeras que:
- Llevan al menos dos años viviendo en España
- No tienen antecedentes penales
- No han sido solicitantes de asilo
- Se matriculan en una formación reglada o reconocida oficialmente
Con este permiso puedes estudiar de forma legal en España y trabajar hasta 30 horas semanales mientras realizas tu formación.
Requisitos para solicitar el arraigo socioformativo en 2025
Para obtener esta autorización, deberás cumplir los siguientes requisitos esenciales:
- Acreditar al menos 2 años de permanencia continuada en territorio español.
- Puedes probarlo con empadronamientos, informes médicos, compras, documentos bancarios, etc.
No tener antecedentes penales
- Ni en España ni en tu país de origen.
- Se necesita el certificado de antecedentes penales debidamente legalizado o apostillado.
Estar inscrito en estudios válidos
- Debes estar matriculado o presentar un compromiso de matrícula en una formación válida dentro del sistema educativo español.
- La modalidad debe ser presencial o semipresencial, con al menos el 50 % presencial.
Presentar documentación completa
- Pasaporte en vigor
- Justificante de matrícula
- Documentación que acredite tu estancia en España
¿Qué estudios y cursos son válidos para el arraigo socioformativo?
Una de las claves del arraigo socioformativo es matricularse en una formación válida, reconocida por el sistema educativo o el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Estos son los tipos de formación permitidos:
1. Estudios reglados del sistema educativo español
- Educación Secundaria Obligatoria (ESO)
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio (FP)
- Enseñanzas artísticas (música, danza, artes plásticas)
- Enseñanzas deportivas de grado medio
2. Certificados de Profesionalidad (niveles 1, 2 y 3)
- Formación técnica reconocida oficialmente
- Se ofertan más de 500 cursos en diferentes familias profesionales
- Muchos están disponibles en academias acreditadas o a través del SEPE
3. Educación para personas adultas
- Programas de alfabetización o competencias básicas
- ESO para adultos (ESPA)
- Formación profesional básica
4. Formación profesional para el empleo
- Cursos organizados por los Servicios Públicos de Empleo (SEPE)
- Enfocados a profesiones del Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura
¿Puedo trabajar con el arraigo socioformativo?
Sí. Esta es una de las principales novedades del nuevo Reglamento de Extranjería 2025. El arraigo socioformativo autoriza a trabajar legalmente en España, siempre que cumplas estas condiciones:
- Máximo 30 horas semanales
- El salario debe estar ajustado al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o al convenio aplicable
- No es necesario que el empleo esté relacionado con los estudios
Importante: Si finalizas tu formación con éxito, podrás modificar tu residencia a un permiso de trabajo por cuenta ajena o propia.
Documentación necesaria para solicitar el arraigo socioformativo
Aquí te dejamos un resumen de los documentos clave que debes presentar ante la Oficina de Extranjería:
- Pasaporte completo y en vigor
- Certificado de empadronamiento y otros documentos que acrediten tu permanencia en España
- Certificado de antecedentes penales del país de origen (legalizado o apostillado)
- Matrícula o compromiso de matrícula en estudios válidos
- Informe del centro educativo sobre modalidad y duración del curso
¿Cómo puede ayudarte ASE Abogados?
En ASE Abogados tenemos más de 18 años de experiencia en el área de Derecho de Extranjería. Destacamos por la profesionalidad y la cercanía que tenemos con nuestros clientes, así como por realizar una revisión exhaustiva y completa de toda la documentación.
En el caso del arraigo socio formativo, te acompañamos en cada paso del proceso, desde la valoración inicial de tu situación personal y documental, hasta la elaboración de los escritos necesarios, incluyendo la carta de compromiso del centro formativo y el proyecto formativo requerido. Nos aseguramos de que cumplas con todos los requisitos legales y administrativos, asesorándote también sobre la mejor estrategia para acreditar tu integración social, los medios económicos que te respaldan y la viabilidad real de tu solicitud. Nuestro objetivo es que el trámite sea lo más claro, seguro y exitoso posible, ofreciendo un acompañamiento personalizado y honesto durante todo el procedimiento.




