MODIFICACIÓN AL RÉGIMEN GENERAL DE UNA TARJETA COMUNITARIA

Qué hacer si tienes una tarjeta comunitaria por ser hijo mayor de 21 años dependiente económicamente o ascendiente a cargo y quieres empezar a trabajar

realmente con este tipo de tarjeta comunitaria se puede trabajar pero este derecho al trabajo está limitado al hecho de poder seguir demostrando el vivir a cargo para mantener la tarjeta comunitaria, por lo que pudieras mantener la tarjeta si un ejemplo, tuvieras un empleo cuya retribución no fuera suficiente para mantenerte por ti mismo y por tanto siguieras a cargo de tu familiar de la unión europea.

sin embargo si trabajas a jornada completa más de 90 días, estarías obligado a cambiar tu tarjeta al régimen general e independizarte de tu familiar al no estar ya a cargo.

si no lo hicieras, pudieras tener problemas a la hora de renovar la tarjeta comunitaria ya que uno de los elementos o requisitos (el de la dependencia económica) lo estarías incumpliendo al estar trabajando y recibiendo ingresos que te permiten mantenerte por ti mismo.

desde asesorías servicios y extranjería te aconsejamos que si estas en este supuesto y eres portador de una tarjeta comunitaria pero tienes contrato de trabajo que te permite mantenerte por ti mismo (entiéndase que tienes una retribución mensual de al menos el salario mínimo interprofesional), solicites la modificación de tu permiso de residencia al régimen general .

nosotros podemos hacerlo por ti, sin citas, sin colas de manera telemática y previa revisión de toda la documentación necesaria

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