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PAREJA DE HECHO EN ESPAÑA

CÓMO HACERSE PAREJA DE HECHO EN ESPAÑA

¿Qué es una pareja de hecho?

La pareja de hecho, también conocida como unión civil, es la relación contractual que regula de manera pública la unión estable entre dos personas con intereses vitales y convivencia común; pero sin contraer matrimonio.

Y es que, aunque tenga algunos puntos en común, el procedimiento legal que implica el matrimonio es muy diferente al que se requiere para ser pareja de hecho. Del mismo modo, los derechos que se otorgan tampoco son los mismos.

Por esta razón es tan importante valorar cada situación personal y decidir por cuál de las dos opciones conviene más optar. Pues la unión civil no supone ningún tipo de consecuencia personal o patrimonial tan amplia o extensa como las que sí implica el matrimonio.

Además, como veremos más adelante, la pareja de hecho es una de las vías más comunes para conseguir la residencia en España 

Requisitos para inscribir una pareja de hecho en España

 En España, cualquier persona puede hacerse pareja de hecho, siempre y cuando cumpla con los requisitos siguientes:

  • Ser mayor de edad (en España la mayoría de edad se alcanza a los 18 años); o ser un menor emancipado (a partir de 16 años si vives de manera autosuficiente).
  • Estar soltero/a. Es decir, no estar casado/a, pues esto invalidaría el registro. Lo mismo pasa si estás inscrito como pareja de hecho y quieres constituirte en matrimonio: debes disolver la unión civil antes de poder casarte.
  • Por lo menos uno de los dos miembros de la pareja debe estar empadronado en la comunidad autónoma en la que se registrará la unión.
  • Y, finalmente, demostrar un periodo mínimo de convivencia conjunta

En el caso de las parejas de hecho, a diferencia del matrimonio, no están reguladas a nivel estatal. No existe una ley de ámbito nacional. Cada Comunidad Autónoma ha regulado su propia ley de uniones de hecho, como mejor han entendido cada una de ellas, por tanto es IMPRESCINDIBLE asegurarnos de cumplirlas antes de iniciar el proceso

Es por eso que en algunas Comunidades Autónomas se exige un tiempo mínimo de convivencia con la pareja. Este periodo puede ser de mínimo 2 años, 1 año o 6 meses; mientras que en otras como en Cataluña o Aragón no es necesario demostrar ningún plazo mínimo.

Proceso para la inscripción de la pareja de hecho

Las uniones de hecho deben inscribirse en el registro del gobierno autonómico o regional

Para hacerlo, existen dos opciones distintas:

La primera es acudir al notario para acreditar la pareja a través de acta o escritura notarial, recogiendo la voluntad de ambos miembros de la relación de ser pareja de hecho. Es sin duda la opción más rápida y sencilla, especialmente ya que no se exige aquí un periodo de convivencia mínima.

La segunda opción es solicitar inscripción en registro parejas de hecho de la comunidad autónoma pertinente, donde sí se exigirá convivencia conjunta mínima. Cabe señalar que si los miembros de la pareja tienen hijos de manera conjunta, entonces no se exigirá acreditar ningún mínimo de convivencia, pues se presume la misma (se da por hecho en favor del cuidado del menor

Ten en cuenta también que en el momento de la inscripción tendrán que estar presentes 2 testigos además de la pareja.

Una vez realizado el registro ante notario, recibirás en tu domicilio el certificado correspondiente en un plazo máximo de 7 días.

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¿Es posible que nos denieguen la inscripción?

 Sí, es posible. El registro de una unión de hecho puede ser denegado por los motivos siguientes:

Si la inscripción es realizada por parte de menores de edad no emancipados; es decir, que no viene con independencia de sus progenitores o tutores legales.

Si la solicitud la realizan personas separadas de hecho; es decir, individuos que se han separado de su anterior pareja pero no de manera judicial, sino en lo que refiere al resto de aspectos de su vida conjunta: ya no residen conjuntamente, ya no tienen cuentas bancarias juntos, etc. Debe existir un reconocimiento legal de la separación para que se pueda registrar la pareja.

Personas que ya tienen una pareja de hecho inscrita con otra persona, o con esa misma persona en otro lugar (por ejemplo en otra comunidad autónoma diferente). Únicamente puedes registrar tu pareja de hecho en una región. Si, por el motivo que sea, quieres registrarla en otra comunidad diferente, primero deberás cancelar el registro inicial.

Si son parientes por consanguinidad hasta tercer grado (padres, abuelos, nietos, hijos, sobrinos, tíos, etc.).

Si existieran segundos intereses y el registro se hiciera por conveniencia (bajo condición o de manera temporal); por ejemplo si uno de los dos es extranjero y lo hace únicamente para conseguir la residencia.

Pareja de hecho para conseguir la residencia

 Uno de los principales beneficios de registrar una pareja de hecho en España es la posibilidad de conseguir la residencia.

De manera más específica, la pareja de hecho abre las puertas a los ciudadanos extracomunitarios a conseguir su tarjeta como familiar de comunitario, un permiso de residencia que les permite vivir y trabajar en España durante 5 años.

Y eso siempre y cuando se hayan inscrito la unión civil con un ciudadano de la Unión Europea.

El proceso es bastante sencillo y se inicia justamente después de haber recibido la inscripción de la pareja en tu domicilio. Será entonces cuando puedas presentar toda la documentación a la oficina de extranjería, y podrás hacerlo incluso entrando a España como turista.

En Asesorias, Servicios y Extranjería tenemos las claves para ayudarte. Como siempre decimos resulta necesario estar al tanto de las últimas novedades en materia de extranjería y para ello debes contar con el asesoramiento de un profesional en el tema, para de esta manera determinar cuál es el camino correcto y emprender el rumbo por éste.

Para cualquier duda, o si necesitas que te ayudemos con la gestión de tu residencia y del trámite de pareja de hecho, en Asesorias, Servicios y Extranjería contamos con un grupo de abogados y expertos que te ayudarán y acompañarán en todo el proceso.

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https://asesoriasyextranjeria.com/wp-content/uploads/2023/05/04052023_3.png 768 1366 ae-administrador https://asesoriasyextranjeria.com/wp-content/uploads/2023/05/logo-web-nuevo.png ae-administrador2023-05-04 07:00:392023-05-04 07:00:40CÓMO HACERSE PAREJA DE HECHO EN ESPAÑA
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